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Intereses usurarios en la financiación de vehículos

30/03/2022 · Derecho de consumo

En la actualidad son muy pocas las personas que todavía no han escuchado hablar sobre los intereses usurarios en diferentes tipos de productos bancarios, siendo unos de los más habituales las conocidas como tarjetas revolving.

Sin embargo, como consumidor debes saber que las tarjetas revolving no son los únicos productos financieros que se encuentran afectados por estos intereses usurarios, sino que estos también existen en otro tipo de productos como microcrédito y demás créditos al consumo, entre los que encontramos los préstamos para la financiación de compra de bienes muebles, como pueden ser los vehículos.

A la hora de comprar un coche, una práctica cada día más habitual es someter esta compra a financiación, incluso en muchas ocasiones esta financiación se realiza directamente a través del concesionario. Generalmente nos lo muestran como una gran oportunidad en la que solo existen ventajas para ti, mientras que la realidad es otra, ya que en muchas ocasiones esta financiación está sujeta a uno intereses muy elevados, que ya están siendo considerados usurarios por nuestros tribunales. 

Para identificar en qué consiste este abuso y si estamos afectados por el mismo, debemos hacernos la siguiente cuestión:

¿Qué es la usura?

Decimos que un crédito tiene intereses usurarios cuando estos son notablemente superiores a los normales del dinero y manifiestamente desproporcionados con las circunstancias del caso.

Pero... ¿Cuál es el interés normal del dinero?

Para determinar cuál es el tipo de interés normal del dinero debemos acudir a las tablas de tipos de interés aplicados por las entidades de crédito que publica el Banco de España. En estas tablas se desglosan por años y meses los tipos de interés medio aplicados por las entidades bancarias, según el tipo de operación y el plazo de amortización. Es precisamente este el que se va a considerar el interés normal del dinero a los efectos de realizar la comparación con el interés pactado en tu contrato de crédito al consumo. 

Puedes acceder a las tablas del banco de España a través del siguiente enlace.

En esas tablas encontrarás un desplegable en el que podrás seleccionar el año de firma de tu contrato de crédito al consumo. Una vez hecho esto deberás comprobar, en la columna que corresponda en función de la operación y el plazo de amortización, cuál era el tipo de interés normal en la fecha de la contratación. Si el tipo de interés pactado en tu contrato duplica el previsto por el Banco de España, los intereses serán usurarios.

¿Cuáles son las consecuencias de la usura del tipo de interés?

Si el tipo de interés de tu crédito es usurario implica que podrás solicitar la nulidad del contrato con la consiguiente devolución de todos los intereses abonados, además de comisiones y prima de seguro, en su caso. Todo ello incrementado con los intereses legales correspondientes.

¿Si ya he cancelado el crédito puedo reclamar?

Si, aunque ya hayas abonado el total de la deuda y, por tanto, cancelado el crédito, puedes reclamar igualmente por usura, ya que la acción que habría que ejercitar es la de nulidad radical, que es una acción imprescriptible.

Si ya has comprobado el tipo de interés TAE del contrato de financiación de tu vehículo y considerar que este puede ser usurario, lo más recomendable es que contactes con un abogado con experiencia en derecho de consumo para que pueda revisar con detenimiento tu contrato y asesorarte sobre la posibilidad de reclamación por usura. 

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